La Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación, mediante resolución 244/2020, extendió los plazos
previstos en las garantías “contractuales y legales” de productos y servicios hasta que finalice el aislamiento social preventivo y obligatorio.
Los proveedores de bienes y servicios deberán informar de manera cierta, clara y detallada la suspensión de plazos de las garantías y en el supuesto que posean sitios web o
aplicaciones para dispositivos móviles, esta información deberá estar de modo visible en la página o pantalla de inicio, respectivamente.
A su vez, deberán informar la suspensión mencionada a los consumidores en el paso inmediatamente anterior al pago.
Mariel Soledad Kesseler
Asociada
msk@weihmuller.com
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