La Suprema Corte de Buenos Aires ordenó prorrogar las medidas dispuestas por Resolución Nº 480/20, Nº 535/20 y Nº 558/20, (en su parte pertinente conf. Res. Nº 593/20) sus aclaratorias y complementarias, hasta el día 17 de julio inclusive. Tales disposiciones no alteran la modalidad de prestación del servicio del personal, actualmente vigente.
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